En resumen
- Email a profesionales: posible sin consentimiento previo si la oferta guarda relación con su profesión, con información y derecho de oposición.
- Direcciones genéricas (info@, contact@) de personas jurídicas: la CNIL las excluye de estos principios.
- Teléfono: desde el 11 de agosto de 2026, consentimiento previo para los consumidores; los profesionales pueden oponerse. Bloctel, la lista francesa de oposición a las llamadas comerciales, ha dejado de existir.
- Cada mensaje indica el remitente y una forma sencilla de rechazar los envíos siguientes.
El principio: opt-out para los profesionales, opt-in para los particulares
La CNIL, la autoridad francesa de protección de datos, resume la regla al principio de su ficha sobre la prospección por correo electrónico, SMS-MMS y llamadas automáticas (actualizada el 10 de junio de 2026, consultada el 4 de noviembre de 2026). Las citas son traducción propia: «La prospección comercial por vía electrónica (correo electrónico, SMS-MMS, llamadas automáticas, etc.) es posible, pero antes hay que informar a las personas. Además, deben dar su consentimiento previo si son particulares o poder oponerse si son profesionales».
Para la prospección entre empresas, la frase clave es esta: «La prospección dirigida a profesionales puede basarse en el interés legítimo del organismo cuando el objeto de la solicitud guarda relación con la profesión de la persona contactada». La CNIL pone el ejemplo de una llamada que presenta las ventajas de un software al director de informática de una empresa. Entre los textos de referencia, la ficha cita en particular el artículo L34-5 del código francés de correos y comunicaciones electrónicas (code des postes et des communications électroniques).
La relación con la profesión: la condición decisiva
El régimen B2B no cubre cualquier mensaje enviado a una dirección profesional: su oferta debe referirse a la actividad del destinatario, como un software de facturación para una asesoría contable o material de obra para una empresa de construcción. Sin esa relación, la ficha de la CNIL no ofrece esta base jurídica: por prudencia, trate el contacto como a un particular y obtenga primero su consentimiento. Una segmentación por código NAF, la clasificación francesa de actividades, ayuda a documentar esa relación; nuestras fichas aún no tienen ese código, que llegará con el cruce con la base Sirene, en curso (véase Código NAF y código APE: cómo delimitar un sector).
Direcciones genéricas, nominativas y reconstruidas
La CNIL hace una distinción clara: «Las direcciones genéricas del tipo info[@]nombresociedad.fr, contact[@]nombresociedad.fr o commande[@]nombresociedad.fr, que corresponden a personas jurídicas, no están sujetas a los principios recordados más arriba». En cambio, una dirección nominativa (nombre.apellido@empresa.fr) se refiere a una persona física: es un dato personal, sujeto al RGPD.
Las direcciones «adivinadas» a partir del nombre de una persona y del esquema de direcciones de su empleador son objeto de una publicación de la CNIL del 16 de octubre de 2026: el interés legítimo solo es posible tras un examen caso por caso, ya que «las personas que no tienen ninguna presencia identificable en internet o que toman medidas concretas para ocultar o proteger sus datos de contacto no pueden, en principio, esperar razonablemente que se reconstruya su dirección de correo electrónico». firmdata.fr no genera direcciones de este tipo.
Lo que debe permitir cada mensaje
Según la CNIL, «cada solicitud debe permitir obligatoriamente a la persona afectada conocer la identidad de la organización que la envía y expresar, si lo desea y por un medio sencillo, su negativa a recibir nuevas solicitudes». En la práctica:
- un remitente identificable (razón social, no solo un nombre de pila);
- un enlace de baja o una dirección de respuesta que funcione, en cada mensaje;
- una lista de exclusión (liste repoussoir), para no volver a contactar con una persona que se ha opuesto y que aparezca en una nueva base de datos; la CNIL recomienda conservarla al menos 3 años, preferiblemente en forma de huellas (hash).
Teléfono: lo que cambió el 11 de agosto de 2026
La ficha de la CNIL sobre la prospección telefónica (actualizada el 10 de junio de 2026, consultada el 4 de noviembre de 2026) lo anuncia desde el principio: «Las normas sobre la prospección comercial por teléfono han cambiado desde el 11 de agosto de 2026. Para prospectar a particulares, primero hay que obtener su consentimiento. Los profesionales, por su parte, tienen la posibilidad de oponerse».
Con los consumidores, ahora se necesita un consentimiento previo, salvo en las llamadas relacionadas con un contrato en vigor (artículo L. 223-1 del Código de Consumo francés, introducido por la ley n.º 2025-594 de 30 de junio de 2025). Según la CNIL, este consentimiento vale como máximo un año y su prueba se conserva al menos tres años (decreto n.º 2026-662 de 23 de julio de 2026); las llamadas se hacen de lunes a viernes, de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 20:00. La venta telefónica está totalmente prohibida para la renovación energética, la adaptación de la vivienda a la pérdida de autonomía y el CPF (la cuenta personal de formación francesa).
Con los profesionales, la regla sigue siendo la oposición: información al recoger el número, oposición sencilla y gratuita y llamada relacionada con la profesión de la persona contactada.
Bloctel ya no existe. El sitio web de Bloctel indica: «El servicio Bloctel finalizó con la entrada en vigor, el 11 de agosto de 2026, del régimen de venta telefónica basado en la obtención previa del consentimiento del consumidor». Lo que cuenta ahora son los consentimientos de los consumidores y su propia lista de exclusión.
Las fichas de la CNIL no tratan expresamente el caso del empresario individual al que se llama a su número profesional: si su público objetivo incluye muchos, haga validar su planteamiento.
Los canales de un vistazo
Puede desplazar la tabla horizontalmente.
| Canal | Con profesionales | Con particulares |
|---|---|---|
| Email, SMS-MMS, llamadas automáticas | interés legítimo si el objeto guarda relación con la profesión; información y oposición | consentimiento previo (excepciones: cliente existente para productos o servicios similares, prospección no comercial) |
| Teléfono (sin llamadas automáticas) | posibilidad de oponerse; información | consentimiento previo desde el 11 de agosto de 2026 (con excepciones, entre ellas la llamada relacionada con un contrato en vigor) |
| Correo postal | información previa y derecho de oposición (ficha de la CNIL sobre el correo postal) | |
RGPD: informar y respetar la oposición
En cuanto la base de datos contiene datos de personas físicas (empresario individual, dirección nominativa), el RGPD se suma a estas normas:
- Información (artículo 14 del RGPD). Cuando los datos no se han obtenido de la propia persona, esta recibe, entre otras cosas, la identidad del responsable, los fines, el origen de los datos y sus derechos, a más tardar en la primera comunicación si los datos sirven para contactarla.
- Oposición (artículo 21 del RGPD). La persona puede oponerse en cualquier momento a la prospección; sus datos dejan entonces de tratarse con ese fin. Este derecho se le presenta a más tardar en la primera comunicación, de forma clara y por separado.
Para los datos obtenidos de terceros, la CNIL pide «asegurarse de que la persona afectada ha sido informada del posible uso de su dirección de correo electrónico o de su número de teléfono […] con fines de prospección y está en condiciones de oponerse». Su primer mensaje debe decir, por tanto, quién es usted, de dónde procede la dirección y cómo oponerse.
¿Y una base de datos comprada?
No aporta ningún consentimiento: usted utiliza los datos de contacto bajo su responsabilidad, según las normas de cada canal. Las bases de datos de firmdata.fr no tienen columna de directivos; aun así, la razón social de un empresario individual puede ser su nombre, y el número publicado puede ser un móvil (06, 07); véase exportación y archivo de muestra y fuentes y metodología.
Lista de comprobación antes de una campaña
- Compruebe que su oferta guarda relación con la profesión de los destinatarios.
- Identifique a los empresarios individuales (columna de forma jurídica una vez hecho el cruce con Sirene; si no, razón social con el nombre de una persona) y las direcciones nominativas: se aplica el RGPD.
- Prepare el texto informativo del artículo 14: quién es usted, el origen de los datos y el derecho de oposición.
- Identifique al remitente e incluya un enlace de baja en cada mensaje.
- Mantenga una lista de exclusión y compárela con cada nueva base de datos antes del envío.
- En caso de duda, pida a un abogado que revise su planteamiento.
Preguntas frecuentes
¿Puedo enviar un email de prospección a una empresa sin su consentimiento?
Sí, si la oferta guarda relación con la profesión del destinatario: en ese caso la CNIL admite el interés legítimo como base jurídica. La persona debe estar informada y poder oponerse, y cada mensaje indica el remitente y una forma sencilla de rechazar los envíos siguientes.
¿Afecta esto a las direcciones info@ y contact@?
Según la CNIL, las direcciones genéricas (info@, contact@, commande@) de personas jurídicas no están sujetas a estos principios. La identificación del remitente y la forma de rechazar los envíos siguen siendo obligatorias en todos los casos.
¿Puedo seguir llamando a un profesional desde el 11 de agosto de 2026?
Sí. El consentimiento previo se exige a los consumidores; los profesionales pueden oponerse. La llamada debe guardar relación con su profesión, con información y una forma sencilla de rechazo.
Situación a 4 de noviembre de 2026. Fuentes: fichas de la CNIL, sitio web de Bloctel, ANIL y texto del RGPD publicado por la CNIL, consultados el 4 de noviembre de 2026; todas en francés, las citas son traducción propia. Información general, no asesoramiento jurídico.